a) La Ley General, Ley Estatal y su Reglamento
b) El reglamento interno para el manejo de la información pública del sujeto obligado
El Instituto Municipal de las Mujeres Zapopanas para la Igualdad Sustantiva, no cuenta con
reglamento interno de información pública propio, por lo que de conformidad con el artículo 35
fracción VIII y X de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y
sus Municipios, deberá observar el Reglamento Marco, ya que este se aplica a todos los sujetos
obligados que no cuenten con un reglamento interno de información pública.
Reglamento marco de información publica para sujetos obligados
Reglamento de Transparencia e Información Pública de Zapopan, Jalisco
c) Los lineamientos estatales de clasificación de información pública, emitidos por el Instituto;
d) Los lineamientos estatales de publicación y actualización de información fundamental, emitidos por el Instituto;
e) Los lineamientos estatales de protección de información confidencial y reservada, emitidos por el Instituto;
f) Los lineamientos generales que emita el Sistema Nacional;
h) Dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes de acceso a la información;
i) La denominación, domicilio, teléfonos, faxes, dirección electrónica y correo electrónico oficiales del sujeto obligado;
j) El directorio de todos los servidores públicos del sujeto obligado, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos, el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales;
k) El nombre del encargado y de los integrantes, teléfono, fax y correo electrónico del Comité de Transparencia;
l) El nombre del encargado, teléfono, fax y correo electrónico de la Unidad de Transparencia
m) El manual y formato de solicitud de información pública;
Manual de solicitud de información de Transparencia y Buenas Prácticas InMujeresZapopan
Formato solicitud de informacion público InMujeresZapopan
Formato de Recurso de Revisión Formato de solicitud de información pública Derechos ARCO Formato de Recurso de Revisión Derechos ARCO
Recurso de Transparencia
- ¿Cuándo procede? Cuando la Unidad Jurídica, Transparencia y Buenas Prácticas no publique la información fundamental a la que está obligada, de conformidad con los artículos 8 y 15 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.
- ¿Ante quién se presenta? Ante el Instituto de Transparencia e {Información Pública de Jalisco http://www.itei.org.mx/v3/
- ¿Quién resuelve? Ante el Instituto de Transparencia e {Información Pública de Jalisco http://www.itei.org.mx/v3/
- ¿Cuál es el tiempo aproximado para la emisión de la resolución? 30 días hábiles.
- Fundamento: Artículos 109 al 117 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.
n) Índice de los expedientes clasificados como reservados, por área responsable de la información y tema; y